Se podrán anular citas con un mínimo de 36 h de antelación

La falta a la cita o no avisar con un mínimo 36 horas de antelación puede suponer un perjuicio para la empresa, por este motivo el paciente deberá de comprender que dejar ese hueco libre supone un perjuicio económico en la empresa no pudiendo tener margen de tiempo suficiente para poder rellenar ese hueco, generando un “espacio vacío” en nuestro horario, por lo que el paciente asumirá el 50 % del gasto de la sesión en concepto de los daños ocasionados.

Entendiendo que ocurren emergencias imprevistas e inevitables, se estudiarán los diferentes casos siendo los casos de fuerza mayor justificación para que la empresa no efectuase el recargo al paciente, pero en caso de realizarse repetidamente tendremos que suspender la atención a dicho paciente.

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